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El apoyo que esperas cuando más lo necesitas
Un seguro que te indemniza diariamente en caso que seas hospitalizado ya sea por enfermedad o accidente, independiente de la cobertura de tu Isapre o Fonasa, y que incorpora un seguro de Vida para brindarte la tranquilidad que necesitas.
Fallecimiento
Hospitalización por Covid 19 en establecimientos reconocidos por el Ministerio de Salud
Hospitalización por accidente o enfermedad en establecimientos reconocidos por el Ministerio de Salud
Completa
Desde UF 150 hasta UF 300
Hasta 15 días de hospitalización (Deducible de 24 horas continuas de internación)
Desde UF 2 hasta UF 4
Hasta 60 días de hospitalización (Deducible de 24 horas continuas de internación)
Además, podrás ser parte del Club SURA y tener un acceso completo a nuestra Ciudad Virtual, una plataforma con distintos panoramas, convenios y beneficios para que puedas disfrutar junto a tu familia y sin salir de tu casa.
En caso de fallecimiento del asegurado, tus beneficiarios deben comunicarse tan pronto sea posible con la compañía.
Los documentos que deben presentar tus beneficiarios en caso de fallecimiento y/o gastos funerarios y de repatriación:
Para más información sobre cómo presentar un siniestro, puedes consultar en la guía de uso que acompaña tu póliza o llamando al 600 411 1000. Notifícanos el siniestro a través de nuestro sitio web.
Las condiciones de renovación de estas coberturas se entregarán con 60 días previos al término de vigencia de la póliza a los canales de comunicación entregados por el Asegurado a la Compañía. Esta cobertura será renovada por periodos iguales y sucesivos a menos que alguna de las partes manifieste su no renovación a través de una carta certificada, con una anticipación de, a lo menos, treinta (30) días corridos a la fecha del vencimiento de esta cobertura. El riesgo es cubierto por Compañía de Seguros de Vida Suramericana S.A. según las condiciones generales incorporadas al Depósito de Pólizas de La Comisión para el Mercado Financiero bajo los códigos POL 220190179 y CAD220200109. La presente información sólo representa un resumen de las coberturas, el detalle de éstas y las exclusiones correspondientes se encuentran en las pólizas antes mencionadas.
Para efectos de esta cobertura, la única autoridad Competente que puede declarar una enfermedad como epidemia o pandemia es el Ministerio de Salud de Chile o la Organización Mundial de la Salud (OMS).
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